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OBLIGACIONES FINANCIERAS

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DOCUMENTO
N° 2






XII CONGRESO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE

DE TRABAJADORES DE LA CLAT “EMILIO MÁSPERO”





OBLIGACIONES
FINANCIERAS




Teniendo en cuenta
lo establecido en los Estatutos, en los Acuerdos de los Congresos y Consejos
de la CLAT, las obligaciones financieras de cada organización afiliada
para participar en el XII Congreso, son las siguientes:



COTIZACIONES





1. DE LOS ESTATUTOS:





Artículo 58: En las reuniones del Congreso, los miembros
del Comité Ejecutivo de la CLAT, que participan como tales, serán
delegados titulares, pero no dispondrán de voto.




Artículo 59: En el Congreso el número de votos
de las delegaciones de las organizaciones a que se refiere el Artículo
10 de los presentes Estatutos, será proporcional a los efectivos por
los que las mismas pagan sus cotizaciones a la CLAT, estableciéndose
la proporcionalidad de votos de la siguiente manera:





























































































































































































































NO. DE SOCIOS COTIZANTES
NO. DE VOTOS
MENOS
DE
2.500
1
MENOS
DE
2.501
A
5.000
2
MENOS
DE
5.001
A
10.000
3
MENOS
DE
10.001
A
20.000
4
MENOS
DE
20.001
A
30.000
5
MENOS
DE
30.001
A
40.000
6
MENOS
DE
40.001
A
60.000
7
MENOS
DE
60.001
A
80.000
8
MENOS
DE
80.001
A
100.000
9
MENOS
DE
100.001
A
150.000
10
MENOS
DE
150.001
A
200.000
11
MENOS
DE
200.001
A
250.000
12
MENOS
DE
250.001
A
300.000
13
MENOS
DE
300.001
A
350.000
14
MENOS
DE
350.001
A
400.000
15
MENOS
DE
400.001
A
500.000
16
MENOS
DE
500.001
A
600.000
17
MENOS
DE
600.001
A
700.000
18
MENOS
DE
700.001
A
800.000
19
MENOS
DE
800.001
A
20






NOTA: En
ningún caso una delegación podrá tener más
de veinte (20) votos.








Artículo 60: El derecho de voto no podrá ser
ejercido en las reuniones del Congreso y del Consejo por aquellas delegaciones
o representantes cuyas organizaciones no estuvieran al día en sus obligaciones
financieras con la CLAT.


NOTA:
Aplicando esto al XII Congreso y de acuerdo con lo establecido por el 73°
Comité Ejecutivo y I Comisión Política Latinoamericana,
significa que las obligaciones financieras son las cotizaciones hasta el año
2004, y deberán ser canceladas antes del 31 de agosto del año
2004.



Artículo
61:
El Comité Ejecutivo de la CLAT podrá invitar al Congreso
delegados fraternales con derecho a voz. Asimismo podrá invitar a observadores
que no tendrán derecho a voz ni voto.



APORTES FINANCIEROS
DE LAS ORGANIZACIONES AFILIADAS Y FRATERNALES PARA LOS COSTOS DE REALIZACIÓN
DEL XII CONGRESO DE LA CLAT







  1. Cada Organización Afiliada a los efectos de su inscripción
    y participación en el XII Congreso, pagará la suma de DOSCIENTOS
    CINCUENTA DOLARES (US$ 250,00) que deberá ser pagados en efectivo
    previamente a la inscripción de sus delegados.







  2. Cada Delegado Titular, Fraternal u Observador, participante
    en el Congreso, deberá pagar como inscripción la suma de CINCUENTA
    DOLARES (US$ 50,00) que le dará derecho a recibir toda la documentación.







  3. Cada Organización Afiliada, realizará actividades
    y campañas financieras para constituir un FONDO con el objeto de
    solventar los diferentes gastos que exige su participación en el
    Congreso.



    NOTA: Los
    invitados especiales participarán según las condiciones
    establecidas en la invitación cursada a cada uno.





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